En esta ley se encuentran novedades interesantes. Algunas de ellas son las siguientes: 
1. Procesos voluntarios ante notario. El de mayor trascendencia es el que incluye el divorcio notarial (cuando los cónyuges estuvieren de acuerdo y no tuvieron hijos ni bienes a dividir, bajo condición de renuncia recíproca a asistencia familiar).
2. Una nueva estructura administrativa (Consejo y Dirección) notarial.
3. Notariación digital (sujeta a reglamentación).
4. Notarios indígena originario campensinos.
5. Fianza y seguro de responsabilidad civil para los notarios.

La norma la extraemos del portal jurídico Lexivox
 
Lo que ha sido diseñado por la administración Morales como un premio para el logro de un PIB del 4,5% o mayor, termina siendo un castigo para el empleador.
Revisa el decreto supremo en cuestión aquí:
 
 

la-razon.com

Norma autoriza a trabajadores a administrar empresas quebradas

El presidente Evo Morales aprobó ayer en el Palacio Quemado un decreto supremo que permitirá a los trabajadores constituir “empresas sociales” en las fábricas en proceso de quiebra, liquidación o que estén cerradas o abandonadas de forma injustificada.

El Mandatario aprobó el Decreto Supremo 1754 durante un acto en homenaje al 62 aniversario de creación de la Confederación General de Trabajadores Fabriles de Bolivia (CGTFB). El ministro de Trabajo, Daniel Santalla, indicó que la norma facilitará la “constitución de empresas sociales con carácter privado, en el marco de lo establecido en el artículo 54 de la Constitución Política del Estado”.

El artículo señala que los trabajadores, “en defensa de sus fuentes de trabajo y en resguardo del interés social, podrán, según la ley, reactivar y reorganizar empresas en proceso de quiebra, concurso o liquidación, cerradas o abandonadas de forma injustificada y conformarán empresas comunitarias o sociales. El Estado coadyuvará la acción de los trabajadores”.

Causa. El presidente Morales manifestó que la norma beneficiará a los trabajadores debido a que éstos estaban “sometidos” a los “chantajes” de despido de los empleadores, quienes decían que la firma podría quebrar o cerrar si se les concedía un alza salarial.

“Ahora ya no hay que estar sometido a las amenazas de cierre cuando los dueños no quieren incrementar el salario, no quieren respetar los decretos (...). Ahora, si les amenazan de esta forma, mejor que la empresa entre en quiebra o cierre el empresario, (porque) ustedes van a ser dueños. Serán nuevas empresas sociales”, aseguró.

Santalla añadió que con dicho artículo establecido en la Carta Magna se constituyeron las firmas Enatex, Intrabol, Traboltex y que con el decreto se seguirá conformando más empresas de aquellas que estén en quiebra. “A veces esta situación se presenta por la mala administración por parte de los dueños y los gerentes y por la falta de innovación tecnológica, porque existen mercados internos y externos”. El ministro afirmó que estas empresas sin la participación y ayuda directa del Gobierno “muy difícilmente podrían continuar trabajando”.

El titular de la Federación de Empresarios Privados de La Paz, Luis Urquizo, dijo que la constitución de estas firmas debe ser aplicada en forma responsable y transparente, en el marco del respeto al sector privado, a fin de no afectar a las empresas que estuvieran trabajando en el marco de las leyes y normas vigentes. Acotó que la medida podría constituirse en “un arma de doble filo, porque existe el peligro de que se puedan crear las condiciones para perjudicar a una empresa con el fin de hallar un justificativo para constituir una firma social de carácter privado, y ello podría afectar la sostenibilidad de los empleos en el mediano y largo plazo”.

A decir del presidente de la Federación de Empresarios Privados de Santa Cruz, Gabriel Dabdoub, el decreto, mientras cumpla las normas del derecho propietario de los accionistas, es positivo. Aclaró que debe establecerse un “acuerdo transparente” entre la firma en quiebra y los trabajadores.

La empresa Millma

La ministra de Desarrollo Productivo, Teresa Morales, dijo que los empleados de la empresa Millma están negociando para que la compañía les pague sus beneficios sociales con la maquinaria.

Empresarios hablan de desincentivo a la inversión

Los exportadores y empresarios dijeron que la norma que ordena que las empresas que incumplan con sus obligaciones laborales se les suspenderá los mecanismos preferenciales para exportar sus productos hacia mercados gestionados por el Estado, representa un desincentivo a las inversiones privadas y un riesgo para la viabilidad de las firmas.

El presidente de la Cámara Nacional de Exportadores de Bolivia (Caneb), Guillermo Pou Mont, indicó ayer que, en su criterio, la medida genera discriminación hacia ciertos sectores empresariales y que no corresponde, porque la Ley del Trabajo tiene mecanismos para hacer cumplir las leyes.

Pou Mont acotó que la norma puede tener efectos en la viabilidad de las firmas, porque si por una situación arbitraria ésta incumple una norma laboral, no podrá exportar, y si no vende, “no tiene ingresos”. Para el empresario cruceño Gabriel Dabdoub Álvarez, la norma aprobada por el Ejecutivo representa un desincentivo para las inversiones privadas.

Prohibirán exportar a empresas infractoras

A las empresas que no cumplan con sus obligaciones laborales se les suspenderá los mecanismos preferenciales para exportar sus productos hacia los “mercados gestionados” por el Estado, dispone la resolución biministerial aprobada por las carteras de Desarrollo Productivo y de Trabajo.

“Aquellas empresas, que son pocas, no son todas, donde no se respeta la ley (...), los derechos laborales, se desconoce la organización de los sindicatos (...), esas empresas que exportan, en caso de que infrinjan las leyes sociales de los trabajadores, les vamos a prohibir a que sigan exportando con las facilidades que les da el Gobierno”, dijo el ministro de Trabajo, Daniel Santalla.

Santalla llamó a la reflexión al empresario cruceño Ivo Kuljis, porque “no está permitiendo la organización de un sindicato”, y le pidió que respete las leyes laborales. También recordó que el empresario cementero Samuel Doria Medina “trató de desconocer la organización sindical”.

En ese marco, aseguró que “la normativa está dirigida contra” esos empresarios. El 7 de agosto se conoció que los trabajadores Miguel Durán y Fabricio Salazar de Bolivian Foods SA (Burger King) fueron despedidos por formar el sindicato. La empresa dijo que cuando les dio a éstos las cartas de preaviso no sabía del sindicato.

La norma dispone que para controlar las obligaciones laborales, el Ministerio de Desarrollo Productivo —en 15 días calendario— remitirá a la cartera de Trabajo el listado de firmas que acceden a mecanismos preferenciales para la venta de sus productos. El último ministerio enviará a Desarrollo Productivo en 30 días hábiles la lista de empleadores que no cumplieron sus obligaciones laborales. Entonces, el Ejecutivo emitirá una carta a la firma exportadora informándole sobre la observación para que en 30 días calendario ésta la subsane.

Concluido ese plazo y si se evidencia que la compañía no enmendó las observaciones, el Gobierno le comunicará la “suspensión de los mecanismos de acceso preferencial a los mercados gestionados por éste”. La medida se levantará una vez que se subsanen las observaciones efectuadas.

 
Para leer el texto completo de esta ley, ingresar al siguiente archivo:
ley_393_de_servicios_financieros.pdf
File Size: 1165 kb
File Type: pdf
Download File

 

la-razon.com

La ley financiera profundizará la regulación y protegerá al usuario

La nueva Ley de Servicios Financieros 393, promulgada ayer por el presidente Evo Morales en el Palacio de Gobierno, profundizará  la regulación del sistema financiero, protegerá a los usuarios y regulará las tasas de interés para los préstamos productivos y de vivienda, así como para el ahorro.

La promulgación de la norma se hizo en presencia de representantes de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), del Órgano Ejecutivo y dirigentes de sectores sociales. La actual disposición reemplaza a la antigua Ley de Bancos y Entidades Financieras 1488, que data de 1993.

Después de la firma de la norma, el Mandatario pidió a los representantes de Asoban que entiendan las reformas realizadas ya que tienen un sentido social, y en este caso, es una ley que respeta los derechos de la banca y en especial cuida “al prestamista y ahorrista”.

“Hemos tenido que intervenir para que no sigan estafando, porque hemos notado mediante la Asfi (Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero) que estaban estafando, porque algunas entidades financieras aparecen diciendo que están pagando bonos, intereses y la gente se va a ojo cerrado, y caen en esa trampa”, manifestó.

El capítulo III de la norma establece la creación del Consejo de Estabilidad Financiera (CEF) que definirá un techo y un piso para las tasas de interés para los créditos para vivienda y productivo. Además se regularán las tasas pasivas para el ahorro. El ministro de Economía, Luis Arce, argumentó que la anterior ley protegía exclusivamente a las entidades financieras y ahora el Estado retoma “varias de las actividades y roles de protección al cliente”. Morales destacó que a partir de la vigencia de esta norma se aceptarán garantías no convencionales para acceder al crédito, como la tierra; existirán mejores condiciones crediticias para premiar a los buenos pagadores de sus deudas y no habrá únicamente una central de riesgo para quienes no cumplan con sus compromisos.

El titular de Economía también señaló que se regularán los contratos que firmen las entidades financieras con sus clientes. La Asfi fijará los modelos y formatos que se aplicarán con el objetivo de evitar excesos y abusos en contra de los usuarios, añadió.

No habrá perdonazo

Morales recordó que antes los gobiernos condonaban deudas a los banqueros y empresarios, “ahora ya no va a haber eso”.

BCB dice que banca nunca pactó tasas de interés

El presidente del Banco Central de Bolivia (BCB), Marcelo Zabalaga, mencionó que el artículo 42 de la antigua Ley de Bancos y Entidades Financieras 1488, que señalaba que el usuario y las entidades financieras deben pactar las tasas, nunca se cumplió.

La autoridad resaltó que esta situación se ha revertido con la nueva Ley de Servicios Financieros, ya que el consumidor no estará obligado a aceptar el contrato de crédito que le imponga un banco porque estará reglamentado por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi).    

“Esa ley (1488) nunca se cumplió porque un usuario iba a pedir un crédito (a un banco), pero nunca pactaron el crédito y tenía que asumir el préstamo que le imponía la entidad financiera y era una asimetría definitivamente insoportable”, manifestó Zabalaga.

Asoban pide participar en la reglamentación

La Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) señaló ayer que “cumplirá estrictamente la nueva normativa” y pidió participar en su reglamentación. También solicitó una razonable y equitativa carga impositiva que permita el crecimiento del sector.

El presidente de Asoban, Kurt Koenigfest, dijo que este sector puede participar en la elaboración de los reglamentos de la ley porque cuenta con la experiencia y el conocimiento. La normativa puede sustentarse “bajo criterios prudenciales y técnicos”, afirmó.

El ejecutivo resaltó que como resultado de la bancarización que fue impulsada, hasta el 30 de junio de 2013 se cuenta con 2.772 puntos de atención que prestan servicios a 4,2 millones de cuentahabientes que confían sus recursos en la banca. Además se canalizan recursos a 824.904 prestatarios, según datos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

El representante de Asoban pidió al Gobierno “evaluar una razonable y equitativa carga impositiva que permita” el crecimiento de las entidades y “su aporte al desarrollo productivo a través de la expansión del crédito”. Koenigfest explicó que el Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera (IVME) y la Alícuota Adicional al Impuesto a las Utilidades de las Empresas del 12,5%, cuando la Rentabilidad sobre el Patrimonio (ROE) de las entidades financieras supere el 13%, provocó una caída en sus ingresos, según ANF.

La mora en el sistema financiero es la más baja

El presidente de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Kurt Koenigsfest, ratificó ayer que la mora en el sistema financiero es la “más baja de la historia” y que el 98% de los préstamos está siendo cancelado “conforme a su cronograma de pagos”. El presidente Evo Morales complementó que este índice ahora alcanzó al 2%.

Se crea un fondo para la devolución de ahorros

La Ley de Servicios Financieros crea el Fondo de Protección del Ahorrista “que tiene entre sus objetivos el dar apoyo financiero para la devolución de depósitos de los ahorristas de instituciones financieras en proceso de liquidación”. Con este mecanismo el Gobierno busca garantizar la devolución de depósitos a los ahorristas.

La comunidad podrá ser garante de un crédito

Según el parágrafo II del artículo 99 de la Ley de Servicios Financieros, una comunidad en el área rural podrá ser la garante del crédito que solicite una persona ante una entidad financiera. Además, un productor podrá gestionar un crédito bancario de forma individual y colocar como garantía su ganado bovino u ovino.    

El Estado tendrá dos bancos para el público

El ministro de Economía, Luis Arce, informó que con la Ley de Servicios Financieros, el Banco de Desarrollo Productivo (BDP) podrá actuar como una entidad financiera de primer piso, es decir, podrá atender al público como un banco comercial. En la actualidad, el Gobierno controla el Banco Unión con el 97,42% del paquete accionario.

 

la-razon.com

Gobierno promulga ley que cambia las condiciones en el sistema financiero para favorecer a usuarios y al sector productivo

El presidente Evo Morales promulgó esta mañana la Ley de Servicios Financieros en sustitución de la desactualizada Ley de Bancos y Entidades Financieras, norma que en sus 551 artículos y nueve títulos define medidas que mejoran las condiciones para los usuarios y apuntan a fortalecer al sector productivo.

La promulgación se realizó en el Palacio de Gobierno, en presencia de representantes de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban)  y dirigentes de sectores sociales.

“Antes la ley era solamente para el sector de la banca y no para el prestamista ni para el ahorrista. Antes teníamos una banca que estafaba, que era usurera; no serán todos, pero recuerdo que hacían llorar a la gente...”, reflexionó el Jefe de Estado al iniciar su discurso, en el que explicó que el Estado se vio obligado a intervenir ante los abusos que se cometieron en el sector y aprobar una normativa con la mirada puesta en la población.

Pidió a la banca que entienda estas reformas por su sentido social y aclaró que la nueva ley no pretende afectar a este sector, sino garantizar una distribución justa de los recursos que se generan en el sistema financiero.

Puso como ejemplo de las mejoras que incorpora la ley el hecho de que el Estado intervendrá permanentemente para evitar los efectos sociales de la quiebra de bancos y entidades financieras y anticipó que nunca más se destinarán recursos de los bolivianos para salvar a los banqueros.

“Antes el Gobierno condonaba a los empresarios y los bancarios…ahora ya no va haber eso por una cuestión de responsabilidad y de dignidad”, dijo.

También destacó que a partir de la vigencia de esta ley se aceptarán garantías no convencionales para acceder al crédito (tierra, ganado, etc…) y que existirán mecanismos para premiar a los buenos pagadores y no únicamente una central de riesgo para quienes no cumplen con sus compromisos de pago.

Ya antes del discurso presidencial, el ministro de Economía, Luis Arce, había informado sobre los principales contenidos de la Ley 393, entre los que también destacó el hecho de que la ley defina la creación de una "lista azul" para beneficiar a quienes puntualmente cumplen sus pagos.

Explicó que además se crea una defensoría del consumidor financiero para garantizar el equilibrio entre quienes ofrecen los servicios y quienes los utilizan y se obliga a la licitación de los servicios de seguros, que actualmente se contratan discrecionalmente en los bancos, no obstante que el costo es luego traspasado a los clientes.

También destacó que se regularán los contratos que se firman con las instituciones financieras. “Ahora sólo hay un contrato que se firma sin mirar la letra menuda, hoy todos los contratos de estos servicios han de ser regulados y elaborados por la autoridad del sistema financiero, ya no habrán más contratos individualizados, elaborados al capricho de la entidad financiera”, dijo.

Un segundo eje de la ley son sus contenidos orientados a incorporar al sistema financiero al modelo económico productivo. Arce destacó en este aspecto que “no existe otro camino para salir de la pobreza”.

En este marco, dijo que para alentar al sector productivo se fijarán tasas de interés desde el Estado.

“Ahora el Estado se preocupa por las tasas de interés que la gente recibe en el sistema financiero, ya no se define por libre oferta y demanda. Hoy es responsabilidad precautelar el ahorro interno”, afirmó Arce.

El presidente de Asoban, Kurt Koeningfest,  destacó que “se trata de una ley fundamental para el país, que va a tener efectos significativos tanto para el consumidor financiero como para las instituciones bancarias”.

Dijo que había necesidad de una nueva herramienta legal que sustituya a la “desactualizada” Ley de Bancos y comprometió su cumplimiento. “Daremos fiel cumplimiento a la nueva normativa”.

 

TDJ habilitará ocho nuevos juzgados en La Paz

Pagina Siete / 12 hours ago

El presidente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (TDJ), Iván Campero, anunció la creación de ocho juzgados, uno estará en la zona Sur y otro en la zona Gran Poder, y el resto en el área rural.

“En breve se crearán dos juzgados más, uno en la zona Sur de la ciudad de La Paz y otro en la zona Gran Poder. Tenemos en puertas la creación de otros seis más”, informó Campero durante el acto de posesión de Víctor Aliaga como nuevo juez del Juzgado Mixto de Partido de la población de Pucarani.

Campero admitió que esa cantidad aún es insuficiente para un departamento con 2,7 millones de habitantes. “Por lo menos requerimos 300 juzgados con los que se puede hacer frente a la mora judicial que hoy afecta al sistema”, manifestó.

El Juzgado Mixto de Partido de Pucarani cumplirá un rol estratégico porque atenderá las demandas de la provincia Ingavi, además en la quinta sección las apelaciones de Guaqui, las necesidades judiciales de Huarina, Huatajata, Tiquina, Suriqui, entre otras poblaciones aledañas al lago Titicaca.

“De esta manera estamos avanzando en la desconcentración de la justicia y la creación de nuevos juzgados”, remarcó Campero.

Visit website

 

la-razon.com

Se podrá alquilar una vivienda de un banco con opción a compra

Con la nueva Ley de Servicios Financieros, la gente podrá alquilar una casa o un departamento de una entidad financiera con la opción a que pueda comprarla. La cuota mensual que se vaya a pagar será contabilizada como parte del valor que tenga el inmueble que se alquiló.

El viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Mario Guillén, explicó ayer que esta modalidad de arriendo denominada leasing (alquiler con opción a compra) permite a la gente acceder a una casa, a través del pago del alquiler que irá a amortizar el valor del inmueble.

“Lo que hace la entidad (financiera) es comprar la casa, me la da en alquiler, pago $us 500 al mes y el banco lo va contabilizando. Cuando llega el momento en que yo me decida a comprar la casa, pago el resto del valor de la vivienda o espero a que venza el plazo, digamos 20 años, y la casa va a ser mía, porque ya casi he pagado el total del inmueble”, explicó. El analista financiero y exgerente de la Bolsa Boliviana de Valores (BBV), Armando Álvarez, dijo que en la actualidad el leasing ya existe pero no está desarrollado. También afirmó que, según el reglamento vigente, esta actividad es realizada por las filiales de las entidades financieras y con la futura ley financiera estas operaciones serán realizadas por los bancos comerciales de forma directa.

“La ventaja del leasing es que las personas no requieren conseguir garantías de hipoteca, porque la misma casa es la garantía, pero la vivienda no es de él hasta que termine de pagar” por su valor, manifestó Álvarez.

El analista financiero puntualizó que esta modalidad financiera tiene una ventaja impositiva, porque la cuota que se paga por el alquiler de la casa es deducible de impuestos en su totalidad, mientras que cuando uno se presta dinero de un banco lo único que puede deducir en tributos es el interés y no el capital.

Según el artículo 126 de la ley financiera aprobado en el Órgano Legislativo, las operaciones de arrendamiento financiero podrán ser realizadas por una entidad de intermediación financiera, por empresas comerciales, fabricantes de bienes de capital y por una empresa de arrendamiento financiero de objeto único constituida como “empresa de servicios financieros complementados”.

El viceministro Guillén argumentó que cuando una persona que optó por esta modalidad y perdió su trabajo y no pueda pagar la mensualidad, el banco puede recuperar su propiedad. La persona que arrendó la casa no corre el peligro de ser procesada en la justicia o “que tenga que contratar a un abogado”. Álvarez y Guillén coincidieron en mencionar que este sistema es una forma más para que la gente pueda acceder a una vivienda. El leasing es el alquiler con opción a compra.

El artículo 132 de la Ley de Servicios Financieros dice que ambas partes determinarán el monto y la periodicidad de cada pago, así como la moneda en la que será cancelado. Este contrato con opción a compra de la casa podrá establecer que los pagos se realicen en cuotas fijas o variables. “En su caso, la cuota incorporará y diferenciará los gastos en que se hubiere incurrido como consecuencia del contrato de arrendamiento financiero”, señala la norma.

Ventaja  de la nueva normativa

Proceso

Álvarez indicó que con la nueva ley financiera la recuperación de los bienes arrendados por falta de pagos será más rápida, porque existe claridad jurídica. En la actualidad, estos trámites legales son complejos.

 
El documento que sigue a continuación ha sido extraído del portal jurídico LexiVox Libre:
http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-N1672.xhtml
bo-ds-n1672.pdf
File Size: 66 kb
File Type: pdf
Download File